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viernes, 5 de agosto de 2016

EL VOTO ELECTRÓNICO


Cuando hablamos del voto electrónico nos referimos a la tecnología aplicada en las etapas que se desarrollan el dia de los comicios, tales como, el registro, la verificación de la identidad del elector, la emisión del voto, el recuento de votos y la transmisión de los resultados, ahora bien debemos distinguir entre los  sistemas de emisión remota del voto y aquellos sistemas de emisión presencial, los primeros refieren al uso del internet, mientras que los segundos aluden a la utilización de maquinas y programas específicos no conectados a la red.
El voto electrónico ha sido acogido en gran parte del mundo por considerarse un elemento clave para la realización del proceso electoral. La utilización del voto electrónico, establece unas necesidades para el conteo y recuento de votos, el establecimiento para una infraestructura de voto electrónico, como son:
-La verificación y transparencia, preservando el principio de que la tecnología está al servicio del hombre.
-Establecer una restringida vigilancia de la base de datos que contenga los votos.
-Mantener en secreto el valor del voto e impedir la unión de la identidad del elector y el valor de su voto
-Vigilar e imposibilitar que maliciosamente se pueda impedir  el ejercicio de un derecho político.

-Manipular votos o apropiarse de la identidad electrónica de un ciudadano para fines electorales u otros.

LA INFORMÁTICA FORENSE

¿Qué es la Informática Forense?

Según el FBI, la informática (o computación) forense es la ciencia de adquirir, preservar, obtener y presentar datos que han sido procesado electrónicamente y guardados en un medio computacional.
La informática forense hace entonces su aparición como una disciplina auxiliar de la justicia moderna, para enfrentar los desafíos y técnicas de los intrusos informáticos, así como garante de la verdad alrededor de la evidencia digital que se pudiese aportar en un proceso.

Desde 1984, el Laboratorio del FBI y otras agencias que persiguen el cumplimiento de la ley empezaron a desarrollar programas para examinar evidencia computacional. Dentro de lo forense encontramos varias definiciones:

Computación forense (computer forensics):
Entendemos por disciplina de las ciencias forenses, que considerando las tareas propias asociadas con la evidencia, procura descubrir e interpretar la información en los medios informáticos para establecer los hechos y formular las hipótesis relacionadas con el caso; o como la disciplina científica y especializada que entendiendo los elementos propios de las tecnologías de los equipos de computación ofrece un análisis de la información residente en dichos equipos.
Forensia en redes (network forensics):
Es un escenario aún más complejo, pues es necesario comprender la manera como los protocolos, configuraciones e infraestructuras de comunicaciones se conjugan para dar como resultado un momento específico en el tiempo y un comportamiento particular. Esta conjunción de palabras establece un profesional que entendiendo las operaciones de las redes de computadores, es capaz, siguiendo los protocolos y formación criminalística, de establecer los rastros, los movimientos y acciones que un intruso ha desarrollado para concluir su acción. A diferencia de la definición de computación forense, este contexto exige capacidad de correlación de evento, muchas veces disyuntos y aleatorios, que en equipos particulares, es poco frecuente.
Forensia digital (digital forensics):
Forma de aplicar los conceptos, estrategias y procedimientos de la criminalística tradicional a los medios informáticos especializados, con el fin de apoyar a la administración de justicia en su lucha contra los posibles delincuentes o como una disciplina especializada que procura el esclarecimiento de los hechos (¿quién?, ¿cómo?, ¿dónde?, ¿cuándo?,¿porqué?) de eventos que podrían catalogarse como incidentes, fraudes o usos indebidos bien sea en el contexto de la justicia especializada o como apoyo a las acciones internas de las organizaciones en el contexto de la administración de la inseguridad informática

miércoles, 3 de agosto de 2016

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viernes, 29 de julio de 2016

DELITO INFORMATICO

Delito Informático 



El manejo de la Internet ha provocado que todos los ámbitos, jurídico, cultural, social, etcétera, se hayan visto afectados; el derecho que por años, cuando menos en México, había tenido pocos cambios se ha convulsionado igual que otros ámbitos. En México, la cultura informática en la administración pública ha tenido un desarrollo impresionante, a nivel gubernamental se ha propiciado el manejo de los medios electrónicos, tanto es así que el sistema de contratación gubernamental se efectúa, a través del programa denominado “compranet”, que resultó ganador y obtuvo un premio a nivel internacional equiparable al premio Nóbel, en el año de 1999, entregado en Estocolmo, dado que es un programa de vanguardia y que ha propiciado diversos acuerdos con otros países, a efecto de instalarlo. Otro programa el trámite de gestiones administrativas se lleva a cabo por medio de “tramitanet”; la declaración de bienes de los servidores públicos se hace por medio de Internet, utilizando el programa “declaranet”. Todo lo anterior es novedoso, importante y trascendente, pero para centrarnos en el tema que ahora nos inquieta e interesa, o sea, la materia jurídica, específicamente los delitos en que se incurra con la aplicación de las nuevas tecnologías, se ha de tomar en cuenta si tenemos en México legislación aplicable a los nuevos adelantos de la ciencia, y qué ilícitos en relación con los procedimientos electrónicos se han presentado. 

Los delitos informáticos, llamados también delitos cibernéticos, delitos electrónicos, delitos relacionados con las computadoras, delincuencia relacionada con el ordenador, computer related crimes, etc. se han definido por la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo, como: "Cualquier conducta ilegal, no ética o no autorizada que involucra el procesamiento automatizado de datos y/o la transmisión de datos". En esta definición podemos encontrar elementos de valoración ética que son trascendentes para el derecho penal. En nuestro país ya existe legislación que regula las novedosas relaciones y realidades que se vinculan con la computación. La problemática de los delitos informáticos requiere un estudio especial en nuestro país con vistas a determinar la medida en que la legislación penal (códigos penales y leyes especiales) deba prever la incidencia en los citados ilícitos. Una de las peculiaridades de este tipo de delitos es que desafortunadamente no conllevan una problemática local; la existencia de redes internacionales como Intemet abren la posibilidad de transgresiones a nivel mundial y con gran impunidad. 

Concepto 
El delito informático implica actividades criminales que en un primer momento los países han tratado de encuadrar en figuras típicas de carácter tradicional, tales como robos o hurtos, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etcétera. Sin embargo, debe destacarse que el uso de las técnicas informáticas ha creado nuevas posibilidades del uso indebido de las computadoras lo que ha propiciado a su vez la necesidad de regulación por parte del derecho. En materia internacional se considera que no existe una definición propia de] delito informático, sin embargo muchos han sido los esfuerzos de expertos que se han ocupado del tema, y aun cuando no existe una definición con carácter universal, se han formulado conceptos funcionales atendiendo a realidades nacionales concretas. "Cualquier acción ilegal en que una computadora es herramienta u objeto del delito". "Cualquier incidente asociado con tecnología de cómputo en que una víctima sufre o puede sufrir pérdida y una intromisión intencional, propiciando o pudiendo propiciar una ganancia". "Delito electrónico ", en un sentido amplio es cualquier conducta criminal que en su realización hace uso de la tecnología electrónica, ya sea como método, medio o fin y que, en un sentido estricto, el delito informático, es cualquier acto lícito penal en el que las computadoras, sus técnicas y funciones desempeñan un papel, ya sea como método, medio o fin". Por otra parte, debe mencionarse que se han formulado diferentes denominaciones para indicar las conductas ilícitas en las que se usa la computadora, tales como delitos informáticos", delitos electrónicos, delitos relacionados con las computadoras", "crímenes por computadora". "delincuencia relacionada con el ordenador". Es evidente que el objeto de todos los estudios, es la regulación penal de aquellas actitudes antijurídicas estimadas graves, como último recurso para evitar su impunidad. 

EL DERECHO INFORMATICO

 ¿QUÉ ES LA INFORMÁTICA JURÍDICA?

Es una ciencia que estudia la utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, como la computadora, en el derecho; es decir, la ayuda que este uso presta al desarrollo y aplicación del derecho. En otras palabras, es ver el aspecto instrumental dado a raíz de la informática en el derecho.

 ¿QUÉ ES EL DERECHO INFORMÁTICO O DERECHO DE LA INFORMÁTICA?

El derecho informático es la otra cara de la moneda. En esta moneda encontramos por un lado a la informática jurídica, y por otro entre otras disciplinas encontramos el derecho informático; que ya no se dedica al estudio del uso de los aparatos informáticos como ayuda al derecho, sino que constituye el conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática. Es decir, que la informática en general desde este punto de vista es objeto regulado por el derecho.


EL FLUJO DE DATOS TRANSFRONTERA

EL FLUJO DE DATOS TRANSFRONTERA

Es una preocupación a nivel internacional, en función de su trascendencia a estratos tan significativos.
Desde 1973 en la convención internacional de las telecomunicaciones celebrada en Torremolinos (Málaga), cuando los signatarios de dicha convención se pronunciaron en favor de libre flujo de datos, en ese mismo año la data lag sueca establecía en el artículo 11 la exigencia de una autorización especial para la transmisión de datos recogidos en Suecia o en el extranjero.
El comité de ministros del consejo de Europa en septiembre de 1980 que trata sobre el respeto a los datos de la persona que puedan afectarle, límites para el que los datos personales puedan ser almacenados, registrados y tratados, y la defensa de los derechos de las personas frente al fichero automatizados o públicos y el reconocimiento del derecho al acceso por parte de los interesados a los archivos cuya información puedan cancelar o corregir.

CONCEPTO Y DEFINICION DE LA INTERNET

La súper carretera informática, es una red mundial de telecomunicaciones que interconecta una cantidad de otras redes y subredes, hoy es posible tener al alcance de la mano toda la información disponible, no solo la existente en base de datos con las que estamos vinculados, sino la que puede hallarse en base de datos de acceso público en cualquier parte del mundo.
La Internet, es una red o conjunto de redes de computadoras intercomunicadas entre sí a nivel mundial para la comunicación de datos, dicha red está presente en más de 80 países y se compone de alrededor de dos millones de computadoras y de más de 20 millones de usuarios que forman parte de todo tipo de instituciones, ya sea de investigación, docencia, gubernamentales o comerciales.

CONCEPTO DE ESPACIO CIBERNETICO

Término utilizado hoy en día para hablar del espacio físicamente intangible donde existe internet; el ligar por donde viajan los mensajes electrónicos y ocurren las transacciones electrónicas, en este ciberespacio es donde se ubica la aldea global.
De tal forma existe un mundo por las interconexiones de los servidores y los demás computadores y donde cada terminal es parte integrante de esta idea o comunidad.

ANTECEDENTES DEL MANEJO DE LOS DATOS TRANSFRONTERA

La enorme cantidad de información generada diariamente en el mundo rebasa las fronteras geográficas y sociales, la tecnología computacional poco a poco esquemas ms eficientes y económicos para el almacenamiento de datos y los bancos de información son parte fundamental de este proceso.
Los sistemas de información tienen su origen en los grandes censos económicos y sociales de estados unidos de Norteamérica.
En México observamos que el número de computadoras instaladas en el país demostró un ritmo creciente a partir de 1964, fecha que coincide con el inicio de la actividad comercial intensa en esta área por parte de las empresas transnacionales más importantes.

CLASIFICACION DE LOS FLUJOS DE INFORMACIÓN

Es un documento el IBI 100 se ensaya uno que busca distinguir entre los contenidos de los datos objeto de transmisión:
·         Flujo de información científica y técnica.
·         Flujos de información económica y social.
·         Flujos de información educativa y cultural.
·         Flujos de información comercial y financiera.
·         Flujos e información administrativa.
·         Flujos relativos a seguridad y a la información.
Dependiendo del tipo de datos o información que fluyan a través de los diferentes medios, tenemos la información comercial, la cual se manifiesta según una lógica mercantil.

REGULACION INTERNACIONAL PARA LA TRANSFERENCIA DE DATOS

Son diversos los organismos que con esta investidura se han dado a la labor de regular por la vía jurídica el fenómeno provocado por el flujo de datos transfronterizos y así tenemos:
·         Organización para la cooperación del desarrollo económico (OCDE) interesado en el problema de las tarifas y el régimen fiscal aplicable a ese tipo de información.
·         La comisión de comercio y desarrollo de las naciones unidas (UNCTAD), interesada en la problemática contractual y propiedad de la información.
·         La oficina intergubernamental para la informática (IBI), interesada en las repercusiones generales y particulares del fenómeno del flujo de datos transfronterizos (FDT).
·         La organización mundial de la propiedad intelectual (OMPI), interesada en el problema de la propiedad de la información.

REGULACION NACIONAL PARA LA TRANSFERENCIA DE DATOS

El flujo de datos transfrontera tiene implicaciones jurídicas como son:
·         La utilización ilícita de datos transmitidos al extranjero.
·         La dificultad para definir el régimen fiscal aplicable y las tarifas a que se sujetara; posible atentado a la soberanía de los estados.
·         Las características especiales en materia contractual.
·         La propiedad intelectual de la información; y

·         Seguridad jurídica de las empresas teleinformáticas.